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A través de la Resolución de 13 de enero de 2025, de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, publicada en el Boletín Oficial del Estado 21 de 24 de enero de 2025, se lleva a cabo la modificación de las zonas de especial protección para las aves marinas de la Red Natura 2000 incluidas en la Red de Áreas Marinas Protegidas de España. La resolución establece:

Primero. La integración de las siguientes ZEPA marinas de la Red Natura 2000 en la Red de Áreas Marinas Protegidas de España:

  • ES0000554 Corredor migratorio galaico-cantábrico occidental.
  • ESZZ12004 Estrecho Occidental.

Segundo. La supresión de las siguientes ZEPA marinas de la RAMPE:

a) Por inclusión en la ZEPA ES0000554 Corredor migratorio galaico-cantábrico occidental:

  • ES0000494 Espacio marino de Cabo Peñas.
  • ES0000495 Espacio marino de Punta de Candelaria-Ría de Ortigueira-Estaca de Bares.
  • ES0000496 Espacio marino de la Costa de Ferrolterra-Valdoviño.
  • ES0000497 Espacio marino de la Costa da Morte.
  • ES0000499 Espacio marino de las Rías Baixas de Galicia.

b) Por inclusión en el nuevo espacio propuesto como LIC y declarado como ZEPA ESZZ12004 Estrecho occidental:

  • ES0000502 Espacio marino de la Bahía de Cádiz.
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