Áreas protegidas por instrumentos internacionales

Desde finales del siglo XX se han ido desarrollando diversos convenios por los que los países firmantes se comprometen a conservar lugares de relevancia internacional. La temática cubre desde los valores geológicos hasta la conservación de mares y humedales pasando por lugares peculiares por la armonía entre los usos humanos y la conservación de la naturaleza.

La Ley del Patrimonio Natural y la Biodiversidad incluyó por primera vez un capítulo específico para recoger las diversas designaciones internacionales bajo el término genérico “áreas protegidas por instrumentos internacionales”. Son todas aquellas áreas formalmente designadas de conformidad con lo dispuesto en los Convenios y Acuerdos internacionales de los que el Reino de España forma parte (Reserva de la biosfera, OSPAR, ZEPIM, Patrimonio mundial, Ramsar y geoparques).

Instrumentos internacionales (2021) Superficie terrestre (ha) Superficie marina (ha) Superficie total (ha) Número
Reservas de la biosfera (MaB) 6.275.791 938.963 7.214.754 52
RAMSAR 282.804 25.443 308.246 75
ZEPIM 51.858 96.626 148.484 9
OSPAR 0 2.034.219 2.034.219 13
Geoparques 2.470.248 223.123 2.693.371 15
Reservas biogenéticas de Europa 0 0 0 1
Sitios naturales de la Lista de Patrimonio Mundial 76.718 121 76.839 4

Reservas de la BIosfera

Las Reservas de la Biosfera son territorios propuestos por los Estados a la UNESCO reconocidas por el programa Hombre y Biosfera (MaB) cuyo principal objetivo de armonizar la conservación de la naturaleza con el desarrollo socioeconómico.

Más información: www.erb.oapn.es

OSPAR

Con objeto de proteger los mares frente a amenazas como vertidos de residuos peligrosos u otras derivadas del tráfico en el Atlántico, a principios de los 70 se firmaron varios acuerdos que se unificaron en 1992 con la firma del Convenio OSPAR.

En 1998 se incorporó un nuevo anexo sobre la biodiversidad y los ecosistemas que trata de cubrir actividades humanas no contaminantes que pueden afectar negativamente a la mar. Corresponde al Ministerio competente en Medio Ambiente la declaración y la gestión de las Áreas Marinas Protegidas de la Red OSPAR situadas en áreas marinas bajo soberanía o jurisdicción nacional, siempre que no exista continuidad ecológica del ecosistema marino con un espacio natural terrestre objeto de protección. Corresponde a las comunidades autónomas la declaración y la gestión de las Áreas Marinas Protegidas de la Red OSPAR cuando exista tal continuidad ecológica avalada por la mejor evidencia científica existente.

Más información 

ZEPIM

Las ZEPIM nacen en el marco del Convenio de Barcelona firmado en 1995 para garantizar la conservación de los valores naturales y los recursos biológicos del mar Mediterráneo. La declaración de una ZEPIM implica el reconocimiento de que su objetivo principal es la conservación del patrimonio natural, siendo complementarios otros como el patrimonio cultural o el valor científico y educativo. El área debe poseer ya un estatus de protección legal y por tanto unos mínimos para asegurar que hay una entidad responsable de su gestión. Debe tener un órgano de gestión, un plan de gestión o el compromiso de establecerlo en un plazo máximo de tres años. Las competencias de gestión corresponden a la Administración General del Estado en el caso de las ZEPIM situadas en áreas marinas bajo soberanía o jurisdicción nacional, siempre que no exista continuidad ecológica del ecosistema marino con un espacio natural terrestre objeto de protección, y de las comunidades autónomas cuando exista tal continuidad ecológica avalada por la mejor evidencia científica existente.

Más información: https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/espacios-protegidos/espacios-protegidos-por-instrumentos-internacionales/en_ap_ZEPIM.aspx

Patrimonio Mundial Cultural y Natural

El Convenio para la protección del patrimonio mundial, cultural y natural de UNESCO fue firmado por España en 1984. Su objetivo es proteger el patrimonio mundial frente a las amenazas de destrucción pues considera que “el deterioro o la desaparición de un bien del patrimonio cultural y natural constituye un empobrecimiento nefasto del patrimonio de todos los pueblos del mundo”. De acuerdo con las directrices para la aplicación de este convenio, todos los bienes incluidos en la Lista deben contar con mecanismos de protección y gestión legislativos, reglamentarios o contractuales adecuados que garanticen su salvaguarda a largo plazo.

Más información: https://www.culturaydeporte.gob.es/cultura/areas/patrimonio/mc/patrimoniomundial/bienes-declarados/por-ano-de-inscripcion.html

Ramsar

El Convenio sobre humedales de importancia internacional especialmente como hábitats de aves acuáticas, también conocido como Convenio Ramsar, es un tratado intergubernamental ratificado por 169 gobiernos en todo el mundo y cuyo objetivo es coordinar la conservación de los humedales a escala internacional.

Más información: https://www.ramsar.org/

Conservación de los valores geológicos

Un geoparque es un territorio que contiene tanto un patrimonio geológico singular como una estrategia de desarrollo propia. Según el Foro Español de Geoparques, no es una figura de protección geológica, aunque desde los geoparques se pueda contribuir a la protección del patrimonio geológico. Los recursos geológicos, mineralógicos, geofísicos, geomorfológicos, paleontológicos o geográficos, específicos de cada geoparque, se pretenden utilizar como base de la promoción del patrimonio geológico para:

  • Promover la educación en aspectos geológicos y medioambientales
  • Asegurar un desarrollo sostenido fundamentado en el geoturismo
  • Contribuir a la protección de los puntos de interés geológico amenazados
  • En 2015 la UNESCO aprobó el Programa Internacional de Ciencias de la Tierra y en los Geoparques reconociendo a los geoparques de la Red como Geoparques Mundiales de la UNESCO..

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