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Para garantizar la nidificación de diversas especies de aves protegidas y proteger la flora, espacios naturales como el Parque Natural de Sant Llorenç del Munt i l’Obac y los parques de El Garraf y de Olèrdola prohíben en épocas concretas del año la escalada en algunas zonas. También se regula el acceso a cuevas y simas para proteger la fauna cavernícola. Para nidificar y reproducirse, las aves buscan lugares inaccesibles, seguros, tranquilos y un entorno bien conservado donde encontrar alimento. La presencia de escaladores puede provocar que no se sientan seguras y abandonen el nido o no se reproduzcan, menguando así su población.

Por ello, entre el 16 de enero y el 31 de mayo queda prohibida la escalada en zonas del Parque de El Garraf como la Falconera, las Penyes de Can Marcer y la Roca Negra para proteger la flora rupícola y la fauna que nidifica en ellas, como el búho real y el halcón peregrino, ambas especies protegidas. En el Parque de Olèrdola se prohíbe la escalada para preservar los restos arqueológicos que hay en las cuevas de Can Castellví y las cuevas de Cal Ximet. En el Parque de Sant Llorenç del Miunt la escalada se restringe entre el 1 de enero y el 31 de julio en les Fogueroses (el Paller, el Gegant y l’Agulla petita), Roca Mur (paredes inferiores), el Cavall Bernat de la Vall, els Emprius y la Falconera o Sabatera y Roca Petanta.

Además, del 1 de noviembre al 31 de mayo no se permite la entrada a las simas del Daví y de Castellsapera, y la cueva Simanya y la cueva de Mura tienen acceso regulado con guía.

Para compatibilizar estas actividades deportivas con la conservación de la biodiversidad de los parques, la Federación de Entidades Excursionistas de Cataluña (FEEC) y la Diputación de Barcelona consensuaron un acuerdo para su regulación.

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