Con el fin de garantizar la nidificación de diversas especies de aves protegidas, espacios naturales como el Parque Natural de Sant Llorenç del Munt i l’Obac y los parques de El Garraf y de Olèrdola prohíben en épocas concretas del año la escalada en algunas zonas. También se regula el acceso a cuevas y simas para proteger la fauna cavernícola. Para conseguir que las parejas de rapaces puedan nidificar y reproducirse con éxito es básico que se respeten las restricciones ya que las aves buscan lugares inaccesibles, seguros, tranquilos y en un entorno bien conservado, donde encontrar el alimento. La presencia de escaladores puede provocar que las parejas de aves no se sientan seguras, no se reproduzcan o abandonen el nido, menguando así su población.
En Sant Llorenç la escalada se restringe del 1 de enero al 31 de julio en les Fogueroses (el Paller, el Gegant y l’Agulla petita), Roca Mur (paredes inferiores), el Cavall Bernat de la Vall, els Emprius y la Falconera o Sabatera y Roca Petanta. Además, entre el 1 de noviembre y el 31 de mayo no se permite la entrada a las simas del Daví y de Castellsapera. Las Cueva Simanya y la de Mura tienen acceso regulado con guía.
Por su parte, entre el 16 de enero y el 31 de mayo queda prohibida la escalada en zonas del Parque de El Garraf como la Falconera, las Penyes de Can Marcer y la Roca Negra para proteger la flora rupícola y la fauna que nidifica en ellas, en especial el búho real y el halcón peregrino, dos especies protegidas que encuentran en las fisuras de estas paredes un espacio donde reproducirse. En el Parque de Olèrdola se prohíbe la escalada para preservar los restos arqueológicos que hay en las cuevas de Can Castellví y las cuevas de Cal Ximet.
Con el fin de compatibilizar esta práctica deportiva con la conservación de la biodiversidad de los parques, la Federación de Entidades Excursionistas de Cataluña (FEEC) y la Diputación de Barcelona firmaron un Acuerdo para la regulación de la escalada.
Foto: Josep Cano / Diputación de Barcelona